Para conocer los términos y condiciones exactos que rigen el uso de un programa de software específico, consulte el Acuerdo de licencia del software, incluido el Acuerdo internacional de licencia de programa (IPLA), los Documentos de información de licencia y cualquier acuerdo adicional bajo el cual se obtuvo el software, como el Acuerdo de IBM International Passport Advantage.
Usuario autorizado es una unidad de medida por la que se puede licenciar el Programa. Un Usuario autorizado es una persona a la que se le otorga acceso al Programa. El Programa se puede instalar en cualquier cantidad de computadoras o servidores y cada Usuario autorizado puede tener acceso simultáneo a cualquier cantidad de instancias del Programa a la vez. El licenciatario debe obtener derechos separados y dedicados para cada usuario autorizado al que se le dé acceso al programa de cualquier manera, directa o indirectamente (por ejemplo: a través de un programa de multiplexación, dispositivo o servidor de aplicación) por cualquier medio. Un derecho para un Usuario autorizado es exclusivo de ese Usuario autorizado y no se puede compartir ni reasignar, salvo para la transferencia permanente del derecho de Usuario autorizado a otra persona.
Nota: Algunos programas pueden tener licencia donde los dispositivos se consideran usuarios. En ese caso, se aplica lo siguiente: cualquier dispositivo informático que solicite la ejecución o reciba para su ejecución un conjunto de comandos, procedimientos o aplicaciones del Programa o que sea gestionado por el Programa se considera un Usuario independiente del Programa y requiere un derecho como si ese dispositivo fuera una persona.
Usuario concurrente es una unidad de medida mediante la cual se puede licenciar el Programa. Un Usuario concurrente es una persona que accede al Programa en un momento determinado. Independientemente de si la persona accede simultáneamente al Programa varias veces, la persona cuenta solo como un único Usuario concurrente. El Programa puede instalarse en cualquier cantidad de computadoras o servidores, pero el Licenciatario debe obtener derechos (Prueba de derecho o PoE) para el número máximo de Usuarios concurrentes que accedan simultáneamente al Programa. El licenciatario debe obtener una autorización para cada Usuario simultáneo concurrente que acceda al Programa de cualquier manera, directa o indirectamente (por ejemplo: a través de un programa de multiplexación, dispositivo o servidor de aplicación) por cualquier medio.
Nota: Algunos programas pueden tener licencia donde los dispositivos se consideran usuarios. En ese caso, se aplica lo siguiente: cualquier dispositivo informático que solicite la ejecución o reciba para su ejecución un conjunto de comandos, procedimientos o aplicaciones del Programa o que sea gestionado por el Programa se considera un Usuario independiente del Programa y requiere un derecho como si ese dispositivo fuera una persona.
La Unidad de valor del usuario (UVU) es una unidad de medida por la cual se puede licenciar el Programa. Las Pruebas de derecho (PoE) de UVU se basan en el número y tipo de usuarios del Programa en cuestión. El Licenciatario debe obtener derechos suficientes para la cantidad de UVU necesarias para el entorno del Licenciatario según lo definido por los términos específicos del software. Los derechos de UVU son específicos del Programa y del tipo de usuario y no se pueden cambiar, intercambiar ni agregar con derechos de UVU de otro programa o tipo de usuario.
Para comprender estos beneficios de las licencias de Unidades de valor de usuario y determinar cuántas unidades de valor de usuario obtener, consulte la tabla de unidades de valor de usuario específicas del programa.
La instalación es una unidad de medida por la que se puede licenciar el Programa. Una Instalación es una copia instalada del Programa en un disco físico o virtual disponible para su ejecución en una computadora. El Licenciatario debe obtener un derecho para cada Instalación del Programa.
Servidor virtual gestionado es una unidad de medida por la que se puede licenciar el Programa. Un servidor es una computadora física que consta de unidades de procesamiento, memoria y capacidades de entrada/salida, y que ejecuta procedimientos, comandos o aplicaciones solicitados por uno o más usuarios o dispositivos cliente. Cuando se emplean racks, gabinetes blade u otro equipamiento similar, cada dispositivo físico separable (por ejemplo, un blade o un dispositivo montado en rack) que tiene los componentes necesarios se considera en sí mismo un servidor independiente. Un servidor virtual es una computadora virtual que se crea con particiones de los recursos de un servidor físico o un servidor físico sin particiones. El Licenciatario debe obtener derechos de Servidor virtual gestionado para cada servidor virtual gestionado por el Programa.
La Unidad de valor del procesador (PVU) es una unidad de medida mediante la cual se puede obtener la licencia del Programa. El número de derechos de PVU necesarios se basa en la tecnología del procesador (definida en la Tabla de PVU por el Proveedor del procesador, la Marca, el Tipo y el Número de modelo) y el número de procesadores disponibles para el Programa. IBM continúa definiendo un procesador, a efectos de las licencias basadas en PVU, como cada núcleo de procesador en un chip. Un chip de procesador de doble núcleo, por ejemplo, tiene dos núcleos de procesador.
El Licenciatario puede desplegar el Programa utilizando licencias de Capacidad completa o licencias de (Sub)capacidad de virtualización de conformidad con los Términos del Acuerdo de Passport Advantage. Si utiliza licencias de Capacidad completa, el Licenciatario debe obtener derechos de PVU suficientes para cubrir todos los núcleos de procesador activados* en el entorno de hardware físico puesto a disposición o gestionado por el Programa, excepto aquellos servidores de los que el Programa se haya eliminado permanentemente. Si utiliza licencias de Capacidad de virtualización, el Licenciatario debe obtener derechos suficientes para cubrir todos los núcleos de procesador activados puestos a disposición o gestionados por el Programa, según se define de acuerdo con las Reglas de recuento de licencias de capacidad de virtualización.
* Un núcleo de procesador activado es un núcleo de procesador que está disponible para su uso en un servidor físico o virtual, independientemente de si la capacidad del núcleo del procesador puede estar limitada o está limitada a través de tecnologías de virtualización, comandos del sistema operativo, configuración del BIOS o restricciones similares.
Nota: Algunos programas pueden requerir licencias para el Programa Y para lo que se está gestionando. En ese caso, se aplica lo siguiente: además de los derechos necesarios para el Programa directamente, el Licenciatario debe obtener derechos de PVU para este Programa, suficientes para cubrir los núcleos de procesador de los sistemas en los que residen los recursos gestionados o procesados por el Programa.
Nota: Algunos programas pueden tener licencias SOLO de forma gestionada. En ese caso, se aplica lo siguiente: en lugar de los derechos necesarios para el Programa directamente, el Licenciatario debe obtener derechos de PVU para este Programa, suficientes para cubrir los núcleos de procesador de los sistemas en los que residen los recursos gestionados o procesados por el Programa.
Nota: Excepcionalmente, algunos programas pueden obtener licencias por referencia. En ese caso, se aplica lo siguiente: en lugar de obtener derechos para los núcleos de procesador activados disponibles para el Programa, el Licenciatario debe obtener derechos de PVU para este Programa, suficientes para cubrir el entorno puesto a disposición del Programa al que se hace referencia como si el Programa en sí se ejecutara en todos los lugares donde el Programa al que se hace referencia se estaba ejecutando, independientemente de la base sobre la que se licencia el Programa al que se hace referencia.
La Unidad de valor del procesador (PVU) es una unidad de medida mediante la cual se puede obtener la licencia del Programa. El número de derechos de PVU necesarios se basa en la tecnología del procesador (definida en el sitio web de licencias de PVU para software distribuido) y el número de procesadores disponibles para el Programa. IBM continúa definiendo un procesador, a efectos de las licencias basadas en PVU, como cada núcleo de procesador en un chip. Un chip de procesador de doble núcleo, por ejemplo, tiene dos núcleos de procesador.
El Licenciatario puede desplegar el Programa (si es compatible) utilizando licencias de capacidad completa, licencias de subcapacidad o licencias de contenedor.
El Licenciatario debe obtener derechos suficientes para cubrir todos los núcleos de procesador activados puestos a disposición o gestionados por el Programa.
Terabyte es una unidad de medida por la que se puede licenciar el Programa. Un Terabyte equivale a 2 a la 40.ª potencia de bytes. El Licenciatario debe obtener una autorización por cada Terabyte disponible para el Programa.
Nota: Algunos programas pueden requerir licencias para el Programa y lo que se está gestionando. En ese caso, se aplica lo siguiente. Además de los derechos necesarios para el Programa directamente, el Licenciatario debe obtener derechos de Terabytes para este Programa, suficientes para cubrir los Terabytes gestionados por el Programa. Algunos programas pueden tener licencia solo de forma gestionada. En ese caso, se aplica lo siguiente. En lugar de los derechos requeridos para el Programa directamente, el Licenciatario debe obtener derechos de Terabytes para este Programa, suficientes para cubrir los Terabytes gestionados por el Programa.
Un Núcleo de procesador virtual (VPC) es una unidad de medida por la cual se puede licenciar el Programa. Un servidor físico es una computadora física que está compuesta por unidades de procesamiento, memoria y capacidades de entrada/salida, y que ejecuta procedimientos, comandos o aplicaciones solicitados por uno o más usuarios o dispositivos cliente. Cuando se emplean racks, gabinetes blade u otro equipamiento similar, cada dispositivo físico separable (por ejemplo, un blade o un dispositivo montado en rack) que tiene los componentes necesarios se considera en sí mismo un Servidor físico separado. Un Servidor virtual es una computadora virtual creada al particionar los recursos disponibles de un Servidor físico o un Servidor físico sin particionar. Un Núcleo de procesador es una unidad funcional dentro de un dispositivo informático que interpreta y ejecuta instrucciones. Un Núcleo de procesador consta de al menos una unidad de control de instrucciones y una o más unidades aritméticas o lógicas. Un Núcleo de procesador virtual es un Núcleo de procesador en un Servidor físico sin particiones o un núcleo virtual asignado a un Servidor virtual.
El Licenciatario puede desplegar el Programa (si es compatible) utilizando licencias de capacidad completa, licencias de subcapacidad o licencias de contenedor.
Notas:
Un Núcleo de procesador virtual (VPC) es una unidad de medida por la cual se puede licenciar el Programa. Un servidor físico es una computadora física que está compuesta por unidades de procesamiento, memoria y capacidades de entrada/salida, y que ejecuta procedimientos, comandos o aplicaciones solicitados por uno o más usuarios o dispositivos cliente. Cuando se emplean racks, gabinetes blade u otro equipamiento similar, cada dispositivo físico separable (por ejemplo, un blade o un dispositivo montado en rack) que tiene los componentes necesarios se considera en sí mismo un Servidor físico separado. Un Servidor virtual es una computadora virtual creada al particionar los recursos disponibles de un Servidor físico o un Servidor físico sin particionar. Un Núcleo de procesador es una unidad funcional dentro de un dispositivo informático que interpreta y ejecuta instrucciones. Un Núcleo de procesador consta de al menos una unidad de control de instrucciones y una o más unidades aritméticas o lógicas. Un Núcleo de procesador virtual es un Núcleo de procesador en un Servidor físico sin particiones o un núcleo virtual asignado a un Servidor virtual.
El Licenciatario puede desplegar el Programa (si es compatible) utilizando licencias de capacidad completa, licencias de subcapacidad o licencias de contenedor.
El Licenciatario debe obtener derechos suficientes para cubrir todos los núcleos de procesador activados puestos a disposición o gestionados por el Programa.
Un Servidor Virtual es una unidad de medida por la que se puede licenciar el Programa. Un servidor es una computadora física que consta de unidades de procesamiento, memoria y capacidades de entrada/salida, y que ejecuta procedimientos, comandos o aplicaciones solicitados por uno o más usuarios o dispositivos cliente. Cuando se emplean racks, gabinetes blade u otro equipamiento similar, cada dispositivo físico separable (por ejemplo, un blade o un dispositivo montado en rack) que tiene los componentes necesarios se considera en sí mismo un servidor independiente. Un servidor virtual es una computadora virtual que se crea con particiones de los recursos de un servidor físico o un servidor físico sin particiones. El Licenciatario debe obtener derechos de Servidor Virtual para cada servidor virtual puesto a disposición del Programa, independientemente de la cantidad de núcleos de procesador en el servidor virtual o la cantidad de copias del Programa en el servidor virtual.
Una Unidad de valor de recursos (RVU) es una unidad de medida por la cual se puede licenciar el Programa. Las pruebas de derechos de RVU se basan en el número de unidades de un recurso específico utilizado o gestionado por el Programa. El Licenciatario debe obtener derechos suficientes para la cantidad de RVU necesarias para el entorno del Licenciatario según lo definido por los términos específicos del software. Los derechos de RVU son específicos del Programa y del tipo de recurso y no se pueden cambiar, intercambiar ni agregar con derechos de RVU de otro programa o recurso.
Nota: Algunos programas pueden requerir licencias para los recursos disponibles Y los recursos gestionados por el programa. En ese caso, se aplica lo siguiente: además de los derechos requeridos para los Recursos utilizados por el Programa directamente, el Licenciatario debe obtener derechos de titularidad para este Programa, suficientes para cubrir los Recursos gestionados por el Programa.
Nota: Algunos programas pueden tener licencias SOLO de forma gestionada. En ese caso, se aplica lo siguiente: en lugar de los derechos requeridos para los Recursos utilizados por el Programa directamente, el Licenciatario debe obtener derechos de titularidad para este Programa, suficientes para cubrir los Recursos gestionados por el Programa.
Para comprender estos beneficios de las licencias de Unidades de valor de recursos y determinar cuántas unidades de valor de recursos obtener, consulte la tabla de Unidades de valor de recursos específica del programa. También puede ponerse en contacto con su representante de ventas de IBM.